La Fiscalía de Medioambiente fija su atención en los municipios de la interfaz urbano-forestal

La Fiscalía de Medioambiente ha tomado cartas en una de las cuestiones que los profesionales de la extinción de incendios forestales consideran más grave: el problema de los incendios en la interfaz urbano-forestal. La Fiscalía ha emitido un oficio que ha enviado al ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, para que haga llegar a las autoridades locales la obligatoriedad de disponer de un plan de protección contra incendios forestales.

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Ejemplo de urbanización en interfaz urbano-forestal en Canyamel (Capdepera). Foto COITF

La Fiscalía se ha dirigido al ministerio por un informe elaborado por la dirección general de Desarrollo Rural y Política Forestal, “La previsibilidad de ocurrencia de incendios forestales en España durante la campaña de verano de 2018”, en el que señalaba “aquellos municipios situados en zonas en las que existía previsibilidad de incendios y en los que los mismos se hubieran producido ya con anterioridad”.

La Fiscalía quería saber si estos municipios, señalados en este informe, cumplían o no con la obligatoriedad de disponer de planes de protección contra incendios forestales. Y lo hace “legitimados por el hecho de que los incendios forestales pueden constituir un delito contra la seguridad colectiva y, en última instancia, contra el medio ambiente”.

Más concretamente, el Fiscal Coordinador, Antonio Vercher, afirma en su oficio, al que ha tenido acceso Osbodigital, que “fruto del expediente abierto por esta institución y después de numerosos requerimientos a 151 Consistorios de Galicia, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Andalucía, desde el inicio del mes de julio de 2018 hasta el presente momento: 38 tienen plan de protección, 19 no tienen plan, 47 tienen en trámite un plan, 13 lo tienen pero anticuado, 17 no disponen de plan y 16 municipios no han respondido”.

Si tomamos estos datos como una pequeña muestra de los municipios que deberían disponer de un plan de protección frente a incendios forestales diríamos que tan solo el 25 % de los municipios dispone de un plan de protección frente a incendios y que el resto, o lo está elaborando o no ha hecho nada al respecto. Distintos expertos consultados creen que a nivel nacional esos datos son aún peores, hay un porcentaje menor de municipios que dispongan de planes de protección frente a incendios, aunque no hay datos oficiales. Además, “una cosa es disponer de un plan de protección porque te obliga la ley y otra muy distinta es que se esté ejecutando. Y ahí el porcentaje de incumplimiento puede ser aún mayor”, comenta David Caballero ingeniero de montes experto en la elaboración de este tipo de planes.

En su opinión es una buena noticia que la Fiscalía “tome cartas en el asunto a ver si así las autoridades competentes se ponen a cumplir con su obligación, algo que debería haber ocurrido desde hace tiempo y que no han hecho”. Y se pregunta “¿a qué tenemos que esperar, a una catástrofe como la griega o la de California?”.

El oficio ha llegado también a la Federación de Municipios y Provincias FEMP quien ya lo ha enviado a “todas las entidades locales de cara a recordar la obligación de disponer de planes de este tipo, en cumplimiento de la legalidad. Trasladada esta comunicación, vía circular, a comienzos del pasado marzo, desde la Federación se ha respondido a las dudas y preguntas planteadas al respecto por diferentes entidades locales, ofreciendo asesoramiento”, nos comentan desde la FEMP.

“La intervención de la FEMP puede ser muy positiva para que los municipios se pongan a elaborar estos planes y después a ejecutarlos, claro. Pero hay que ser realistas, muchos de ellos no disponen de recursos para ponerlos en marcha. Es imprescindible que las comunidades autónomas establezcan líneas de ayudas para los municipios y, sobre todo, elaboren un listado técnico de lo que debe ser un buen plan de protección y no cualquier cosa para cubrir el expediente”, comenta Caballero.

Responsabilidad compartida de municipios y Comunidades Autónomas

Desde hace varios años el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales COITF ha alertado de la situación, en su opinión, “cada año más grave” por la proliferación de urbanizaciones en zonas forestales, el crecimiento de la vegetación y el abandono de las fincas colindantes. “Resulta imprescindible, que con el fin de reducir el riesgo y evitar futuros daños en la medida de lo posible, se realice un desarrollo completo de la planificación a todas las escalas (prevención, emergencias y autoprotección de estas zonas especialmente sensibles) para abordar el problema desde todas sus dimensiones”.

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Urbanización de Santa Ponça (Calvià). Foto COITF

Para David Caballero, “la palabra clave es autoprotección. Esta es la cuestión que deben tener muy clara los propietarios de las viviendas en estos enclaves urbano-forestales. No se trata solo de que el municipio tenga un plan de protección, se trata de que ellos tengan su propio plan de autoprotección de acuerdo al plan municipal. Tampoco les obligará a mucho, serán unas cuantas medidas ajustadas a cada caso de acuerdo con el plan municipal. Es más importante, si cabe, que el particular tome conciencia y se responsabilice de su protección”.

En su oficio, la Fiscalía de Medioambiente señala que “según se desprende de las legislaciones autonómicas vigentes, todos los municipios con superficie forestal deberán redactar su correspondiente plan de prevención de incendios, un documento en el que se regulan las actividades y usos susceptibles de generar un incendio forestal y se diseñan las infraestructuras de prevención necesarias al respecto”.

El COITF señala que “en algunas Comunidades Autónomas es obligatorio para todos los municipios con terreno forestal y en otras sólo en las zonas de alto riesgo (ZAR) identificadas, algo que previamente debe hacer la administración autonómica. La planificación a escala local permite diseñar actuaciones ajustadas a la realidad del territorio, pero siempre debe ir coordinada con la planificación de los municipios limítrofes y con los planes de ámbito superior (planes comarcales, de demarcación, regionales…)”.

No hay cifras oficiales del número de municipios que deberían tener elaborado un plan de protección, y mucho menos de las urbanizaciones que ocupan terrenos urbano-forestales que necesitarían disponer de su propio plan para evitar situaciones de riesgo. Sí sabemos que el Fiscal Coordinador de Medioambiente avisa en su oficio que “no se oculta la posibilidad de que la ausencia de un plan de prevención de incendios pueda ser objeto de análisis desde el punto de vista causal en una investigación penal concreta, en la medida en que se pueda llegar a valorar como un factor coadyuvante en la producción, extensión o difusión de un incendio forestal concreto”.

¿Responsabilidades penales? Puede que solo así los ediles de los municipios se tomen en serio la obligación de cumplir con la legislación en materia de prevención de incendios.

Ismael Muñoz
@Ismaelnatura