Profesionales idóneos en la dirección de centros operativos de extinción de incendios forestales
El pasado mes de abril, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo, dictó una sentencia muy interesante para los titulados forestales universitarios ante un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales y Graduados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural en defensa de la profesión forestal y de los intereses de los ciudadanos, en relación con los profesionales que deben dirigir centros operativos de extinción de incendios.
El recurso fue interpuesto contra una resolución por la que se modificaba la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de personal funcionario de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Dicha resolución creaba siete nuevos puestos de trabajo relacionados con incendios forestales y que extrañamente se abrían a titulaciones de la rama agrícola como Ingenieros Agrónomos e Ingenieros Técnicos Agrícolas. Situación no comprensible ya que se trata de titulaciones universitarias que no cuentan con formación reglada en sus planes de estudios en esta materia tan delicada y compleja y que como afirma la Magistrada-Juez “tiene un más que indudable interés público y que implica unos riesgos de tal envergadura que imponen extremar al máximo el cuidado en la selección de los candidatos más idóneos, con respeto a los principios de mérito y capacidad”.
«tiene un más que indudable interés público y que implica unos riesgos de tal envergadura que imponen extremar al máximo el cuidado en la selección de los candidatos más idóneos, con respeto a los principios de mérito y capacidad”
Concretamente, se creó una plaza de director del Centro de Operaciones Regional junto con una jefatura de sección y cinco plazas de director del Centro de Operaciones Provincial (una por provincia). Se trata de una estructura similar a la que posee la Junta de Andalucía. Recordemos que estos centros se constituyen como centros de operaciones, mando y control de los medios adscritos por la consejería competente en materia de incendios forestales. Pues bien, Castilla-La Mancha pretende crear una estructura muy parecida.
En esta modificación de la RPT no aparecían, entre los requisitos de acceso, las titulaciones de Grado regulado de ingeniería de la rama forestal, a pesar de lo que la Ley del Estatuto del Empleado Público dice a este respecto. Es como si estos profesionales no existiesen, cuando desde 2010 ya hay titulados universitarios con esas titulaciones en el mercado laboral. A la Administración le está costando muchísimo adaptarse a este nuevo marco de titulaciones del espacio europeo de enseñanza superior.
Hay que destacar, que en la actualidad, las únicas titulaciones universitarias regladas que cuentan en su plan de estudios con formación en prevención y extinción de incendios forestales son las titulaciones de Grado en Ingeniería de la rama forestal.
Cabe recordar que el Estatuto Básico del Empleado Público dice que «la planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad«.
Pues bien, la sentencia reconoce absolutamente todo lo que el Colegio solicitó. Es decir, se debe permitir a los titulados universitarios de Grado su acceso a los siete nuevos puestos creados en la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Igualmente, la Sentencia también reconoce que “la prevención y extinción de incendios es una materia compleja y delicada y que el ingeniero agrónomo y el ingeniero técnico agrícola no tienen formación alguna en la misma y que no es suficiente con que se les exija, como otros requisitos, formación en la materia y ocho años de experiencia en extinción de incendios”. Decreta que no se les debe permitir acceder a estos puestos. La Magistrada-Juez llega a afirmar que «lo cierto es que no se ha acreditado por la administración -a pesar de la amplia oportunidad que se le ha brindado en este procedimiento- que las titulaciones académicas de Ingeniero Técnico Agrícola e Ingeniero Agrónomo tengan algo que ver con los puestos de trabajo creados y sus funciones, resultando inexplicada su inclusión (…)».
“la prevención y extinción de incendios es una materia compleja y delicada y que el ingeniero agrónomo y el ingeniero técnico agrícola no tienen formación alguna en la misma y que no es suficiente con que se les exija, como otros requisitos, formación en la materia y ocho años de experiencia en extinción de incendios”.
En definitiva, la sentencia decreta la nulidad de la resolución que modificación de la RPT que crea estos puestos.
Esta sentencia no es firme, ya que durante el mes de mayo ha sido recurrida por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Este tipo de demandas judiciales en defensa de la profesión y del sector forestal suponen un esfuerzo tanto económico como en medios humanos para un Colegio como el de Ingenieros Técnicos Forestales y Graduados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural ya que sus recursos son finitos. Es por ello que desde esta Institución instan a aquellos profesionales que no están colegiados (a pesar de ser obligatorio según la normativa vigente) a que se incorporen al grupo para de esta forma tener un colectivo fuerte, solvente, leal y profesional y se pueda continuar con esta línea de trabajo.
Raúl de la Calle
Secretario general del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales
y Graduados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural