Anulada la sanción de Tragsa al bombero forestal Pablo González

El acto de conciliación terminó como su nombre indica con la conciliación de intereses entre la empresa que sancionaba y el trabajador sancionado. Pablo González, el bombero forestal de la Brif de Tabuyo, y la empresa Tragsa llegaron al acuerdo de anular la sanción de dos días de empleo y sueldo por hacer declaraciones a un medio digital sobre las tareas de extinción del incendio de Valleseco en Gran Canaria.

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Pablo González con el emblema del premio El Batefuegos de Oro 2018 concedido a la BRIF de Tabuyo por sus 25 años de trayectoria

Previamente a este encuentro, Pablo González, tras consejo de su abogado, envió una carta al presidente de Tragsa, Jesús Casas, en la que, entre otras cuestiones, manifestaba que su actuación había sido de buena fe y sin ningún ánimo de perjudicar a la empresa o al operativo desplazado hasta el incendio. E insistía en uno de los argumentos que han acompañado las movilizaciones de los bomberos forestales de las BRIF en las últimas semanas: sus declaraciones las hizo como presidente de la Asociación de Trabajadores de las BRIF (ATBRIF) y fuera de su jornada laboral, además de que comentaba información que ya había sido publicada en los medios de comunicación lo que no suponía la revelación de ningún secreto ni ponía en peligro la operación.

Pablo González recuerda su “trayectoria profesional ejemplar” y su compromiso con la defensa de un trabajo que le apasiona, de ahí su intención de “dar visibilidad al trabajo que realiza el equipo profesional de las BRIF”.

En el mismo tono conciliador le respondió también por carta Jesús Casas quien reconocía “la especial relevancia de las tareas que realiza el colectivo” y recordaba “la profesionalidad que debe regir la prestación” de su servicio y “la responsabilidad que implica su desempeño”. Manifestaba, al igual que Pablo González, la posibilidad de llegar a un acuerdo “satisfactorio para todos que permita asumir a cada uno la parte de razón que le corresponda siempre en defensa del objetivo común que no es otra que la de contribuir a prestar los mejores servicios a la ciudadanía en el ámbito de lo rural”.

Considera Tragsa las explicaciones del trabajador como “francas justificaciones disculpatoriasy como probada su buena fe de no causar daño ni a la empresa ni al operativo, más bien al contrario que “su actuar estaba amparado por su convencimiento de que con ello se ponía en valor el trabajo de ese colectivo”.

El acuerdo alcanzado supone la suspensión de la sanción en esta ocasión y la desestimación por parte del trabajador de solicitar indemnización por vulneración de derechos fundamentales. Tragsa ha recordado en el acto de conciliación que sigue vigentela obligación de no proporcionar datos relativos al Servicio de extinción de incendios forestales que conozca con motivo del desempeño de su actividad laboral sin la debida autorización para ello”.