Los títulos de Grado pueden acceder al Grupo A1 de la Administración Pública

El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que los títulos de Grado en Ingeniería Forestal y en Ingeniería Forestal y del Medio Natural pueden acceder a las pruebas selectivas que convoque cualquier administración pública para plazas de empleo en el grupo A1 en las que se acredite competencia. La sentencia, en opinión del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales, es extrapolable a todas las ramas de la ingeniería.

galicia-ayudas-selvicultura-osboA partir de ahora, siempre que el puesto no sea para acceder a una profesión regulada, todos los títulos de Grado podrán acceder a los puestos de empleo público del Grupo A1.

“Si el puesto se denomina ingeniero de minas, no se podrá acceder a ese puesto porque es una profesión regulada. Sin embargo, si el puesto se denomina técnico medioambiental, o como era el caso de Ciencias del Medio Natural y Calidad Ambiental, sí que podrán presentarse los titulados en Ingeniería Forestal y del Medio Natural. Esto mismo sucede si el puesto es para técnico en prevención de incendios, director del centro operativo regional o del centro operativo provincial, que no son profesiones reguladas, sino un puesto concreto de trabajo para el que está demostrado que los ingenieros forestales y del medio natural están capacitados”, comenta Raúl de la Calle, secretario general del COITF.

Esta sentencia supone un cambio enorme con respecto a lo que sucedía hasta ahora y abre las puertas de acceso a los principales puestos de la administración pública a todos los profesionales con título de Grado. Para el Instituto de la Ingeniería Técnica de España INGITE “esta sentencia, que fija doctrina jurisprudencial, viene a desmontar las veleidades de algunos, que pretendían como era en este caso, el que hubiese Grados de primera (abogacía, económicas, biología, geografía, ciencias ambientales, etc…) y de segunda (Ingeniería)”

Para José González Granados, decano del COITF, “esta sentencia resuelve una situación de injusticia con respecto a los Graduados en Ingeniería Forestal y en Ingeniería Forestal y del Medio Natural, dado que se pone en valor estar en posesión de otros Grados pero no los Grados en ingeniería, estableciendo de manera indirecta una relación de Grados de primer y de segundo orden, algo que no responde a la realidad normativa del Espacio Europeo de Educación Superior ni a lo establecido por el Estatuto Básico del Empleado Público“.

Una oferta de empleo público de la Junta de Andalucía de 2017

La Junta de Andalucía publicaba en el Boletín Oficial BOJA, el día 18 de mayo de 2017, pruebas selectivas “para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Ciencias del Medio Natural y Calidad Ambiental”.

Entre los requisitos que los aspirantes debían cumplir, se encontraban: “Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciatura en Biología, Geografía, Ciencias Ambientales, Ciencias del Mar, Geología, Química o el título de Grado correspondiente. Asimismo, podrá estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniería Industrial, Ingeniería Química, Ingeniería de Montes, Ingeniería Agrónoma, Ingeniería de Minas, Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos o el título universitario de Máster que habilite para el ejercicio de estas profesiones reguladas, de acuerdo con la legislación vigente”.

Para Raúl de la Calle, “resultaba increíble que para un puesto que tiene casi el mismo nombre que el título de Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural sus titulados no pudieran acceder a él”.

Presentó el COITF un recurso de reposición que fue desestimado y con posterioridad un recurso contencioso-administrativo contra la citada convocatoria. La sentencia fue favorable a los intereses del COITF, pero una apelación de la Junta de Andalucía revocó esta primera sentencia.

“No le quedó más remedio al COITF que acudir al Tribunal Supremo e interponer el respectivo recurso de casación para solventar una situación de injusticia”, asegura Raúl de la Calle.

La sentencia del Tribunal Supremo se produjo el 28 de enero y explica que “debe entenderse, necesariamente, que los títulos universitarios de Grado en Ingeniería Forestal y de Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural son títulos habilitantes para el acceso al cuerpo superior facultativo, opción Ciencias del Medio Natural y Calidad Ambiental, de la Junta de Andalucía, en tanto que no consta norma con rango de Ley que exija otra titulación universitaria”.

«Esta es una oportunidad para todo el Cuerpo forestal porque le viene bien que haya forestales en puestos para los que hasta ahora no había posibilidades de acceder y para los que están perfectamente cualificados, como hemos conseguido que quede acreditado en numerosas sentencias judiciales”, señala De la Calle.