Montes rentables: la mejor prevención ante los incendios forestales
Ana Warleta González
Asociación Forestal Andaluza
Andalucía cuenta con casi 4,6 millones de hectáreas de monte o terreno forestal, lo que supone aproximadamente el 52 % de su superficie.

Aprovechamiento de eucalipto en una finca privada en la provincia de Huelva, certificada bajo estándares de FSC. Foto I. Muñoz
Ante la grave situación que estamos viviendo de grandes incendios forestales, desde hace ya unos años, se plantean posibles soluciones desde muchos ámbitos: mejora de las dotaciones de lucha contra los incendios, más planificación forestal y gestión de los montes, entre otras. La solución es compleja y pasa por muchos planteamientos o puntos a reformular y todos ellos seguramente contribuyen -en mayor o menor medida- a luchar contra estos grandes incendios.
Creemos oportuno poner el énfasis en dos asuntos concretos que tienen amplias posibilidades de mejora, lo que redundaría en una más eficaz prevención de los incendios. Se trata de un conjunto de propuestas, por un lado, para los montes privados y, por otro, para los montes públicos.
En los montes de titularidad privada, al margen de las necesarias ayudas cuya formulación debe mejorar muy mucho, abogamos por una eliminación de obstáculos para poder ejecutar los trabajos selvícolas y los aprovechamientos forestales. Hasta ahora, prácticamente todas las actuaciones en estos montes privados pasan por la tramitación de una autorización, generando un inmenso volumen de trabajo burocrático para una Administración pública cada vez más escasa en medios humanos, y muy poco adaptada a la era electrónica actual, con procedimientos antiguos y poco ágiles.
En los montes de titularidad privada, al margen de las necesarias ayudas cuya formulación debe mejorar muy mucho, abogamos por una eliminación de obstáculos para poder ejecutar los trabajos selvícolas y los aprovechamientos forestales
Pero, sobre todo, retrasa, dificulta e incluso incita al abandono de los trabajos por parte de los propietarios, quienes, en no pocas ocasiones, optan por la no realización de las actuaciones y de los trámites necesarios para su autorización.
Es por ello que, en el ámbito de estos montes privados, se considera urgente y necesaria una simplificación administrativa de los trámites de autorización de las actuaciones forestales, haciendo uso de las notificaciones y declaraciones responsables ya previstas en la normativa actual de procedimientos administrativos.
En el ámbito de estos montes privados, se considera urgente y necesaria una simplificación administrativa de los trámites de autorización de las actuaciones forestales, haciendo uso de las notificaciones y declaraciones responsables ya previstas en la normativa actual de procedimientos administrativos
Cuestión distinta es la de los aprovechamientos forestales en los montes públicos. En los montes públicos propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, unas 570.000 hectáreas, gran parte de las cuales se encuentra incluida en los Planes de Gestión Integral (PGI) puestos en marcha por la Administración Forestal -y sus entes instrumentales- en todas las provincias, con muy buenos resultados, lo que no debe excluir la posibilidad de que la propia Administración adjudique directamente los aprovechamientos de sus montes en las oportunas ocasiones.
Los gestores provinciales de estos montes públicos recordamos cuando, hace años, preparábamos los planes anuales de aprovechamientos y éstos se adjudicaban con regularidad, principalmente aprovechamientos de madera, biomasa, leñas, piñas, corcho, aromáticas, pastos y otros, participando con ello no sólo en la gestión y mejora de estos montes, sino también en la economía local; generando empleo rural; previniendo incendios forestales; favoreciendo a la población rural; mejorando las masas forestales y el paisaje, la conservación de la biodiversidad, etcétera.
De un tiempo a esta parte, estas licitaciones se han visto paralizadas o complicadas debido a novedades normativas y a diversas interpretaciones jurídicas que han frenado los procedimientos tal y como se venían haciendo hasta entonces.
En los montes públicos las licitaciones de los planes anuales de aprovechamiento se han visto paralizadas o complicadas debido a novedades normativas y a diversas interpretaciones jurídicas que han frenado los procedimientos tal y como se venían haciendo hasta entonces.
Para lo que sigue, es conveniente recordar que los aprovechamientos forestales se pueden dividir en en dos tipos: aprovechamientos en cargadero y aprovechamientos en pie.

Aprovechamiento de madera en cargadero. Foto I. Muñoz
Con aprovechamientos en cargadero nos referimos a la venta de los productos ya apeados y apilados, donde únicamente hay que retirarlos del monte una vez adjudicados. Por ejemplo, la madera procedente de las obras de ejecución de un cortafuegos. Tras la obra queda en el monte una madera apilada que puede ser objeto de un aprovechamiento; es decir, su venta, la obtención de un ingreso y su retirada del monte.
Por otro lado, los aprovechamientos en pie consisten en la adjudicación de un producto del monte, como en el ejemplo anterior la madera, que para ser retirada del monte requiere la ejecución de unos trabajos como la corta, el tronzado, el desembosque, el apilado, la carga y el transporte.
La Ley 2/92 Forestal de Andalucía, en su Disposición Adicional Cuarta establece que “Los contratos administrativos de aprovechamientos forestales, con excepción de los apícolas, que realice la Administración de la Junta de Andalucía, se regirán por lo dispuesto en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y, en especial, por las normas reguladoras del contrato de obras”.
Con la entrada en vigor de la revisión normativa estatal de 2015 surgieron cambios en cuanto a la consideración de los aprovechamientos forestales y su tramitación. Así, la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, establece lo siguiente en sus Disposiciones Generales:
“Se determina en este texto que los contratos públicos de aprovechamientos forestales, diferentes en esencia de las concesiones de uso, se deben regir en sus términos generales por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, bajo la figura de contratos especiales, puesto que deben estar sometidos a la legislación sectorial forestal. Por esta razón, se faculta al Gobierno a regular reglamentariamente el régimen básico de estos contratos de obras y servicios forestales”.
Porque cuando se trata de adjudicar aprovechamientos forestales en pie, estamos ante contratos diferentes, que no encajan ni en la Ley de Patrimonio ni en la Ley de Contratos, por eso la Ley los define como contratos especiales, sometidos a la legislación sectorial forestal. Y, por eso, podemos y debemos regular esos contratos especiales. La Ley dice en su artículo 36.8 que “El Gobierno, oídas las comunidades autónomas, regulará reglamentariamente el régimen básico propio de los contratos públicos de aprovechamientos, obras y servicios forestales”.
Hay que buscar soluciones; sobre todo soluciones simples, ágiles y efectivas, evitando enredos innecesarios. No hagamos difícil lo fácil. Regulemos para simplificar. Facilitemos el camino de la rentabilidad y valoración de los montes: ése es el camino de la prevención y su principal garantía de futuro.
Ante la falta de este desarrollo reglamentario por parte del Gobierno de España, supletoriamente podemos aplicar la normativa sectorial autonómica y seguir tramitando, como se hacía hasta hace unos años, los contratos de aprovechamientos forestales en pie -incluso los contratos menores- ya que no se contradice la referida ley básica, retomando una perspectiva razonable, más simple, ágil, eficaz y, si me apuran, más forestal. Porque de lo que se trata es de diseñar un mecanismo cotidiano, práctico y real.
Hay que buscar soluciones; sobre todo soluciones simples, ágiles y efectivas, evitando enredos innecesarios. No hagamos difícil lo fácil. Regulemos para simplificar. Facilitemos el camino de la rentabilidad y valoración de los montes: ése es el camino de la prevención y su principal garantía de futuro.